Comienza a procurar

Para ser procurador se requiere tener ius postulandi: una especial facultad para comparecer ante los Tribunales de Justicia representando a terceros.

¿Quién puede procurar?

De acuerdo a la Ley N° 18.120 sobre Comparecencia en Juicio, para ser mandatario judicial o procurador se requiere ser: (1) abogado habilitado para el ejercicio de la profesión; (2) procurador del número, un auxiliar de la administración de justicia; (3) egresado de una Escuela de Derecho hasta tres años después de haber rendido los exámenes correspondientes; (4) postulante de la Corporación de Asistencia Judicial, o bien (5) estudiante inscrito en tercero, cuarto o quinto año en una Escuela de Derecho de alguna universidad autorizada.

Soy estudiante de Derecho, ¿cómo obtengo mi ius postulandi?

Los estudiantes de Derecho que deseen obtener su ius postulandi deben estar en tercer, cuarto o quinto año de la carrera. Dependiendo del criterio de la facultad, en algunos casos se exigirá haber rendido satisfactoriamente los cursos de primer y segundo año, mientras que en otras bastará con haber cursado primero y segundo año.

En realidad, poseer ius postulandi se prueba por un certificado del mismo nombre. El documento se solicita en la Dirección de Asuntos Estudiantiles (DAE) de tu facultad, o en la jefatura de carrera, según corresponda.

¿Qué validez tiene el ius postulandi?

El certificado de ius postulandi tiene una validez de un año desde que es expedido. Si el documento no está al día, podrías tener problemas cuando trabajes en tribunales.

Si no tengo a mano el certificado de ius postulandi original, ¿puedo ocupar una fotocopia simple?

Pese a que algunos tribunales aceptan fotocopias simples de los certificados de ius postulandi, queda a criterio del tribunal exigir el original. Recomendamos siempre llevar el ius postulandi original en algún forro plástico. Adicionalmente, y ante cualquier emergencia, es altamente recomendable tener fotocopias.

¿Qué funciones puedo esperar como procurador judicial?

Al procurador judicial se le encomienda, fundamentalmente, la revisión diaria de las causas que patrocina un abogado, realizar gestiones ante los Tribunales y trámites administrativos ante otras instituciones (como bancos, Registro Civil, Conservadores de Bienes Raíces e instituciones privadas). Paralelamente, debe confeccionar los expedientes propios de la oficina (una copia exacta de la carpeta electrónica o del expediente físico que se conserva en el tribunal). Adicionalmente, algunos abogados le solicitan a sus procuradores comparecer a ciertas audiencias, como también a comparendos administrativos.

¿Cuántas horas trabajaré como procurador?

En general, un procurador judicial trabaja un promedio de cuatro horas diarias, de lunes a viernes. Sin embargo, en ocasiones se necesitará invertir más tiempo. Es importante que el procurador cuide sus tiempos. Dado que la prioridad sigue siendo la Facultad, cuando la carga de trabajo que se presente sea muy alta en comparación con el tiempo destinado para estudiar, es conveniente conversar con el abogado jefe para determinar un mecanismo más justo de distribución de horarios. Muchas veces, la solución es contratar un procurador más.

¿Cómo seré contratado?

Antiguamente, el procurador judicial realizaba gestiones puntuales. Por ello, solía ser pagado con boletas de honorarios. Sin embargo, hoy los procuradores se encuentran generalmente bajo un vínculo de subordinación y dependencia, debiendo cumplir jornadas rigurosas y atender las gestiones del abogado en forma constante.

¿Qué funciones NO debo desempeñar como procurador?

Pese a la amplitud de las funciones en las que se puede desempeñar un procurador, jamás deben tolerarse abusos y descriterios. Un procurador no es un lacayo de los abogados, sino que es un miembro de un equipo jurídico cuya tarea es ayudar al seguimiento diario de las causas judiciales. A pesar del buen clima de trabajo que reina en la gran mayoría de los estudios jurídicos chilenos, un procurador debe saber reconocer y enfrentar situaciones de abuso laboral que lo afecten a él o a otros compañeros de labores.